Redacción •  Memoria Histórica •  27/10/2025

Exigen al Gobierno que retire nombres de edificios, de calles y todas las exaltaciones a Juan Carlos de Borbón

  • El próximo 30 de octubre se cumplen 50 años de la segunda ocasión en la que fue Jefe de Estado de la dictadura franquista por baja por enfermedad de Franco.
  • La ley declara como elementos contrarios a la memoria democrática la exaltación de dirigentes de la dictadura franquista.
Exigen al Gobierno que retire nombres de edificios, de calles y todas las exaltaciones a Juan Carlos de Borbón

La Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH) ha registrado un escrito dirigido a la Secretaría de Estado de Memoria para exigir el cumplimiento del Artículo 35 de la Ley 20/2022 de Memoria Democrática para que se retiren todas las denominaciones de calles, edificios y “cualesquiera otros elementos” que exalten la figura de Juan Carlos de Borbón que durante la dictadura franquista fue Jefe del Estado franquista en dos ocasiones: entre el 19 de julio y el 2 de septiembre de 1974 y entre el 30 de octubre y el 20 de noviembre de 1975.

“Juan Carlos ocupó la jefatura de Estado de la dictadura y eso le convierte en dirigente del franquismo”, explica Emilio Silva, presidente de la ARMH. “Presidió consejos de ministros mientras había detenidos y torturados, miles de republicanos muriendo en el exilio sin poder volver a sus casas, censura en la cultura y los medios de comunicación y falta de libertades fundamentales”, añade.

Portada que relata cómo Juan Carlos de Borbón accedió a la jefatura del Estado de la dictadura franquista

En su escrito la ARMH expone que según el Artículo 35.1. de la Ley de Memoria democrática, sobre Símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática: “se consideran elementos contrarios a la memoria democrática las edificaciones, construcciones, escudos, insignias, placas y cualesquiera otros elementos u objetos adosados a edificios públicos o situados en la vía pública en los que se realicen menciones conmemorativas en exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar y de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron la dictadura”. En el punto 2 se añade que “serán considerados elementos contrarios a la memoria democrática las referencias realizadas en topónimos, en el callejero o en las denominaciones de centros públicos, de la sublevación militar y de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron la dictadura, y las unidades civiles o militares de colaboración entre el régimen franquista y las potencias del eje durante la Segunda Guerra Mundial”. Y se añade en el Punto 3 que “las administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias y territorio, adoptarán las medidas oportunas para la retirada de dichos elementos.

Ahora que el Gobierno está conmemorando los 50 años de España en Libertad conviene recordar que el próximo día 30 de octubre se cumplirán 50 años del día en el que Juan Carlos de Borbón asumió la jefatura del Estado de la dictadura franquista por baja por enfermedad del dictador Francisco Franco. Era la segunda ocasión en la que Juan Carlos de Borbón se convertía en jefe de Estado de la dictadura; la anterior había sido entre 19 de julio y el 2 de septiembre de 1974. Eso le convirtió en dirigente de la dictadura ocupando su jefatura de Estado por decisión y previsión del dictador que lo había elegido como su sucesor.

 Portada que relata cómo Juan Carlos de Borbón accedió a la jefatura del Estado de la dictadura franquista

Por eso la ARMH reclama que en aplicación del Articulo 35 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática se inste a la retirada de todas las calles, denominaciones de edificios y espacios públicos y cualesquiera otros elementos» en los que figure el nombre de Juan Carlos de Borbón porque son exaltaciones de un dirigente de la dictadura y deben ser tratadas como elementos contrarios a la memoria democrática como especifica la ley. Y que se utilicen todas las herramientas, incluida la legislación contencioso administrativa para que así lo cumplan todas y cada una de las entidades estatales, autonómicas, provinciales y municipales y se tomen las medidas previstas en la legislación para sancionar su incumplimiento.

“Muchas veces cuando la gente piensa en la Ley de Amnistía de 1977 y cree que protege a policías torturadores y alguno de sus jefes pero es una ley intocable porque garantiza la impunidad a todas las personas que formaron parte de la dictadura, de arriba abajo y de abajo a arriba”, concluye Silva.


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