César Pérez Navarro •  Memoria Histórica •  24/11/2022

La Plataforma Unitaria de Castilla la Mancha por la III República solicita la exhumación de José Moscardó Ituarte e hijos, y de Jaime Milans del Bosch y Ussía, del Alcázar de Toledo

  • El pasado 4 de noviembre, el Ministerio de Defensa anunció que se había iniciado el proceso para tramitar las exhumaciones del Alcázar de Toledo, donde se encuentran enterrados los militares golpistas José Moscardó Ituarte y Jaime Milans del Bosch y Ussia. Para ello, creó un Comité de Seguimiento “para el estudio, la coordinación y la planificación” de unas actuaciones que llevarán tiempo: “No se puede ir tan deprisa”, indicaron fuentes del Ministerio que dirige Margarita Robles. Y añadieron: “Todas estas actuaciones requieren un procedimiento administrativo”.
  • En 2018, el grupo parlamentario Podemos ya registró en las Cortes de Castilla-La Mancha una Proposición No de Ley (PNL) que instaba al Gobierno central a retirar los restos de estos militares rebeldes, recordando que es una «vergüenza democrática» para el país que «estos traidores declarados enemigos de la democracia y de las libertades» estén enterrados en el alcázar y puedan ser «objeto de culto y exaltación».
La Plataforma Unitaria de Castilla la Mancha por la III República solicita la exhumación de José Moscardó Ituarte e hijos, y de Jaime Milans del Bosch y Ussía, del Alcázar de Toledo

El general José Moscardó falleció durante la dictadura franquista, pero Jaime Milans del Bosch murió en 1997. Aún así, y a pesar de que sobre él pesaba una condena por su participación en la intentona golpista del 23F, fue inhumado en el Alcázar de Toledo por el Gobierno Aznar.

La nueva Ley de Memoria Democrática ha generado diversas críticas desde asociaciones memorialistas y sociedad civil, además de partidos políticos a la izquierda del PSOE que no forman parte del Gobierno. Con todo, supone avances respecto a la ley anterior, aprobada durante el Gobierno Zapatero. Entre esas mejoras, una mayor eficacia en la retirada de símbolos fascistas en todo el país y la exhumación efectiva de los elementos sediciosos que perpetraron el genocidio franquista y aún continúan enterrados con honores en diversas capillas. A las exhumaciones del dictador Franco y de Queipo de Llano deben sumarse la del líder falangista José Antonio Primo de Rivera del Valle de Cuelgamuros y de los citados Moscardó y Milans del Alcázar de Toledo.

Otras labores de reparación pasarían por visibilizar los nombres de las víctimas republicanas en todos estos lugares y resignificarlos. En este sentido, el Foro por la Memoria de la Comunidad de Madrid junto con el Foro Social de la Sierra de Guadarrama y La Comuna han reiterado su petición de convertir Cuelgamuros en un Memorial al estilo de los que se han hecho de los campos de concentración nazis, en el que se pongan de manifiesto los crímenes contra la humanidad de la dictadura y que se rinda homenaje a sus victimas y a quienes lucharon contra el fascismo.

Solicitud de la Plataforma Unitaria de Castilla la Mancha por la III República dirigida al Sr. Secretario de Estado de Memoria Democrática, D. Fernando Martínez López

D. Rafael Priego Correa Dña. Nuria Martínez López.

D, Fco. Javier Fernández Ágreda

Dña. Olga Avalos Rebollo.

D. Miguel Ángel Fernández Auñón

Dña. Eugenia Vecina Fillol.

Personas todas ellas miembros de diversas Organizaciones integradas en la Plataforma Unitaria de Castilla la Mancha por la III República, las cuales, a clmxlarepublica@gmail.com.

En nombre propio y de forma conjunta, las personas abajo firmantes nos dirigimos a Ud. para exponerle los siguientes términos:

Que el día 13-4-1956 se procedió a la inhumación de los restos del general Moscardó en la cripta del alcázar de Toledo, junto con dos de sus hijos, José y Luis.

José Moscardó Ituarte fue un militar golpista contra el legítimo gobierno de la II República española emanado de la voluntad popular expresada en las urnas el 16 de febrero de 1936.

Como militar más caracterizado de los sublevados en Toledo durante el golpe de Estado en de julio de 1936, alcanzó celebridad por su traición a la República declarando el estado de guerra y encerrándose en el alcázar de Toledo durante los primeros meses de la guerra civil española. Posteriormente, ostentó el mando del Cuerpo de Ejército de Aragón hasta el final de la contienda. Durante el régimen franquista ocupó puestos relevantes, siendo jefe de la casa militar del Jefe del Estado y capitán general de dos importantes regiones militares. El ejercicio de estos cargos comportó una salvaje represión sobre la población civil durante y una vez acabada la guerra.

La toma de control de Toledo por las tropas golpistas dio pie a la sarracina conocida como “la masacre de Toledo”, modus operandi caracterizado por la eliminación física masiva de los partidarios de Democracia Republicana, que se extendió a lo largo del periodo bélico y la posguerra, hasta el punto en que entre 1936 y 1947 hay constancia de que fueron asesinadas 1.783 personas, enterradas en el camposanto municipal de la capital regional, 783 de las cuales siguen sin identificar.

Posteriormente, el 26 de julio de 1997, se procedió a la inhumación del teniente general del Ejército de Tierra y capitán general de la III Región Militar Jaime Milans del Bosch y Ussía, Durante la Guerra Civil, también se sumó al golpe de estado y participó igualmente en el encierro del Alcázar de Toledo.

Una vez finalizada la contienda, se alistó como combatiente voluntario en la División Azul encuadrada dentro del Heer, ejército de la Alemania nazi, y participó en la Segunda Guerra Mundial con rango de capitán en las tropas hitlerianas. Se da la circunstancia de que Milans del Bosch reúne la condición de ser doblemente golpista, pues en el golpe de Estado del 23-F de 1981, fue el único de los capitanes generales que se sumó sin reservas a la intentona y sacó los tanques y las tropas a las calles de Valencia.

Una vez expuestas las trayectorias contumazmente golpistas y antidemocráticas de ambos individuos, y tomando en consideración que Franco y Queipo de Llano han sido exhumados del lugar preeminente de acceso público donde se hallaban sus sepulturas, se denuncia a través de este escrito que en la cripta principal del Alcázar de Toledo (cuyas dependencias pertenecen al Ministerio de Defensa) continúan enterrados personajes tan significados por su intervención en la asonada contra la democracia republicana como por su posterior participación en la atroz represión de la dictadura, en la que detentaron cargos de relevancia.

Conviene reseñar que el hecho de mantener a los golpistas inhumados en el alcázar lo convierte en un lugar de peregrinación del fascismo internacional (por ejemplo de los hinchas ultras del Lazio) donde se siguen desarrollando actos de exaltación y conmemoración de violaciones de derechos humanos (v. gr. procesión de la virgen del alcázar), situaciones explícitamente proscritas por el artículo 38.3 de la LMD.

El 8 de agosto de 1936, cuando apenas habían pasado veinte días de la efeméride conocida por los facciosos como “asedio al alcázar de Toledo”, se decidió fundar la Hermandad de Ntra. Sra. Santa María del Alcázar, con la finalidad de cumplir un doble objetivo, según sus promotores:

  • Por una parte rendir culto a la Virgen Inmaculada, que a partir de ese momento fue llamada la Virgen del Alcázar
  • Servir de instrumento para que la memoria de los “asediados” perdure en el tiempo y que ni se olvide ni se distorsione, Y esa labor de recordar y no dejar que se olviden los protagonistas no se limita a los que estuvieron dentro del Alcázar ”defendiéndolo”, sino que también se recuerda con especial interés a los que los “liberaron”, es decir, a los que también defendieron al Alcázar, pero desde fuera y, por lo tanto, los que salvaron las vidas de los “asediados”.

Y de manera evidente se recuerda muy especialmente a su máximo responsable, al que tomó la decisión de desviar lo que pudiera entenderse su marcha natural hacia Madrid, para dirigirse hacia Toledo a “liberar” a aquellos que ya estaban siendo calificados por sus conmilitones como héroes, Francisco Franco Bahamonde, quien al entrar en el Alcázar pronunció su famosa frase de “ahora sí hemos ganado la guerra”. El dictador sedicioso no dudó en expresar de muchas formas lo que para él significó el “asedio” y la “liberación” del Alcázar de Toledo, y lo reconoció concediendo un título nobiliario, tres cruces laureadas de San Fernando, una laureada colectiva, la más numerosa de la historia del España, así como otras muchas condecoraciones militares, ascensos hasta máximos niveles en las carreras profesionales de muchos de sus protagonistas y ayudas a la Hermandad con las que se canalizaban ayudas a los hermanos que tuvieran algún tipo de necesidad, especialmente educativa para sus hijos.

La Hermandad de Santa María del Alcázar guarda un lugar especial para el dictador Francisco Franco, que lo nombró Hermano Mayor de Honor, como muestra del continuo agradecimiento y reconocimiento que siempre tendría hacia el tirano.

Por todo lo antes expuesto y acogiéndonos a Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, con fundamento en los artículos:

Artículo 38.3. Los restos mortales de dirigentes del golpe militar de 1936 no podrán ser ni permanecer inhumados en un lugar preeminente de acceso público, distinto a un cementerio, que pueda favorecer la realización de actos públicos de exaltación, enaltecimiento o conmemoración de las violaciones de derechos humanos cometidas durante la Guerra o la Dictadura. Corresponderá a las administraciones públicas garantizar lo dispuesto en este apartado Actos públicos contrarios a la memoria democrática.

Artículo 35.5. Cuando los elementos contrarios a la memoria democrática estén ubicados en edificios de carácter privado o religioso, pero con proyección a un espacio o uso público, las personas o instituciones titulares o propietarias de los mismos deberán retirarlos o eliminarlos, en la forma establecida en el presente artículo.

Artículo 39. Privación de subvenciones.

  1. Conforme al ordenamiento jurídico, las administraciones públicas no subvencionarán a aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sancionadas por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de la memoria democrática, en los términos y plazos previstos en el título IV de esta ley.
  1. Las administraciones públicas en ningún caso podrán otorgar subvenciones que tengan por objeto la realización de una actividad o el cumplimiento de una finalidad que atente, aliente o tolere prácticas calificadas como infracciones en el título IV de esta ley.
  2. A efectos de dar cumplimiento a lo establecido en este artículo, por el departamento competente en materia de memoria democrática se establecerá una base de datos para el seguimiento y comprobación de los supuestos de aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que hayan sido sancionadas por resolución administrativa firme en aplicación de esta ley.

Artículo 42. Revisión y revocación de condecoraciones y recompensas.

  1. Las condecoraciones y recompensas concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, podrán revisarse cuando quede acreditado que el beneficiario, antes o después de la concesión, con motivo de haber formado parte del aparato de represión de la dictadura franquista, hubiera realizado actos u observado conductas manifiestamente incompatibles con los valores democráticos y los principios rectores de protección de los derechos humanos, así como con los requisitos para su concesión.
  2. Dichos actos o conductas podrán resultar de sentencia penal firme, de diligencias judiciales, de la Fiscalía o policiales, de la imposición de sanción disciplinaria firme o de cualquier otro medio de prueba admisible en derecho.
  3. La revocación de las recompensas concedidas antes de la entrada en vigor de esta ley exigirá la tramitación de un procedimiento contradictorio, que solo podrá iniciarse de oficio y a iniciativa del titular del departamento competente, y se instruirá y resolverá por los órganos competentes para tramitar los procedimientos de concesión.
  4. La revisión y revocación también podrá llevarse a cabo a título póstumo cuando la persona condecorada ya hubiera fallecido. En todo caso, la retirada determinará la pérdida de todos los derechos anejos a la recompensa, incluso los económicos, y producirá efectos a partir de la notificación de la resolución que la declare.

Artículo 50. Declaración de lugares de memoria democrática. 1. El procedimiento de declaración de Lugar de Memoria Democrática podrá incoarse de oficio por la Dirección General competente en materia de memoria democrática, o a instancia de entidades que promuevan y difundan la memoria democrática. En este caso, la solicitud incluirá como mínimo la identificación del bien, así como de los valores materiales, históricos intangibles o simbólicos que justifican su declaración, y en el caso de patrimonio material, su delimitación cartográfica con sus correspondientes coordenadas geográficas.

Solicitamos:

  1. Que sean exhumados del Alcázar de Toledo los restos de mortales ubicados en la cripta del este edificio público: José Moscardó Ituarte y de Jaime Milans del Bosch y Ussía. Y por ende, los dos hijos de José Moscardó, José y Luis.
  1. Que la cripta sea resignificada y se convierta en un centro de interpretación de Memoria Democrática.
  1. Que la Hermandad de Ntra. Sra. Sta. María del Alcázar sea ilegalizada por contener expresamente en sus estatutos como finalidad la exaltación y enaltecimiento de golpistas y otros menesteres antidemocráticos.
  1. Que la Virgen del Alcázar recupere su nombre y su culto original, (Virgen de la Inmaculada), no sirviendo esta imagen religiosa nunca más para realizar actos de exaltación fascista como procesiones y otros.
  2. Que se retiren todos los honores, condecoraciones, títulos y otras distinciones que se concedieron durante el franquismo.
  1. Que no se subvencionen actos antidemocráticos relacionados con el enaltecimiento de la dictadura en el Alcázar de Toledo, ni se permitan peregrinaciones, reuniones, congresos, simposios, etc.…en los que se exalte la dictadura franquista o el período bélico.
  1. Que los hechos acontecidos en Alcázar de Toledo desde el 21 de julio de 1936 al 27 de septiembre del mismo año y los sucesos posteriores, dejen de formar parte del imaginario colectivo y sean relatados con veracida. Implicando a instituciones, profesionales de la cultura, historiadores, guías turísticos, libros de texto, etc…

Les rogamos que todas nuestras peticiones sean atendidas con la mayor celeridad posible.

Le saludan, atentamente.

Castilla la Mancha 23 de noviembre de 2022.

Apoyan esta solicitud:

Asociaciones

Agrupación Republicana de Alcorcón (ARA)

Agrupación Republicana de Guadalajara – ARGU

Agrupación Republicana de Móstoles (ARM)

Albacete por la República

Asamblea Andaluza Memorialista

Asambleas Republicanas de Madrid

Asociación de Familiares De Ejecutados en el Cementerio de Ocaña 1939-1954 Afeco

Asociación Familiares de Represaliados Franquismo Cementerio De Alicante

Asociación Familiares Víctimas Franquismo Fosa 100 Paterna

Asociación Familiares Víctimas Franquismo Fosa 115 Paterna

Asociación Familiares Víctimas Franquismo Fosa 120 Paterna

Asociación Familiares Víctimas Franquismo Fosa 126 Paterna

Asociación Familiares Víctimas Franquismo Fosa 128 Paterna

Asociación Familiares Víctimas Franquismo Fosa 139 Paterna

Asociación Familiares Víctimas Franquismo Fosa 146 Paterna

Asociación Familiares Víctimas Franquismo Fosa 21 Paterna

Asociación Familiares Víctimas Franquismo Fosa 94 Paterna

Asociación Familiares Víctimas Franquismo Fosa 95 Paterna

Asociación Fosa de Alcaraz Albacete por la República

Asociación Memoria histórica La Roda y comarca

Asociación Peset Aleixandre País Valencià

Asociación por la memoria Militar Democrática

Asociación por la recuperación de los desaparecidos en el franquismo / ARDF- Desaparecidos

Asociación Republicana Irunesa » Nicolás Guerendiain»

Associació per la nova República. Bétera – València.

Asturias socialista

Ateneo Republicano de Álava

Ateneo Republicano de Almansa

Ateneo republicano de llangreu

Ateneo Sociocultural Viento Del Pueblo Orihuela

Boletín republicano «Tiempo de cerezas

Camde-PV

Ciudadanos por la República de Cuenca

Colectivo de militares demócratas Anemoi

Colectivo Republicano de Euskal Herria

Colectivo Republicano de Redondela

Coordinadora Andalucía Republicana

Encuentro Estatal por la República

Grup per la Reçerca de la Memòria Histórica de Castelló

Guadassuar Per La República

Iniciativa del Pueblo Andaluz

Junta Republicana de Canarias La Gavilla Verde

Memòria Històrica de Moncada – València

Movimiento Extremeño por la República

Plataforma 14 de abril de Puçol

Plataforma 14 de Abril Por La III República València

Plataforma 14 De Abril Por La III República Torrent

Plataforma Ciudadana de Cantabria por la III República

Plataforma de apoyo a la Querella Argentina

Plataforma Memòria en Marxa – València

Plataforma por la República Tenerife

República en Marxa – País Valencià

República Sí – País Valencià

Unidad Cívica Andaluza por la República

Unidad Cívica por la República (UCR)

Partidos políticos

Anticapitalistas Castilla-La Mancha.

El núcleo comunista del PCE de Llangreu Izquierda Revolucionaria

Izquierda Unida

Izquierda Unida Castilla-La Mancha

Partido Comunista de España

Partido Feminista de España

PCE Castilla-La Mancha

Podemos Castilla-La Mancha

Sindicatos

Sindicato de estudiantes de Guadalajara

A título personal

Alberto Pérez Del Río

Alfredo Albornos Sánchez

Alfredo Vicente Ruano

Amparo Belmonte Orts

Ana Isabel Del Val Rodríguez

Ana Martínez López

Ana Rodríguez Herrera

Ángel González García

Antonio Del Val Sánchez

Ariel Dedominici Rodríguez

Asunción Fambuena Peiró

Aurora Mañez Villa

Bego Rojas Gutiérrez

Bernardo Reig Pérez

Carlos Moreno Aroca

Carmen Pérez Navarro

Carolina Martínez Murcia

Carolina Soriano García

Charly Cantalapiedra Odena

Conchi Casas Rosillo (Escritora)

Cristian Moreno Alcázar

Daniel Galán Valero

Enrique García Ruiz

Felipe Mejías López

Fernando Gómez Aguado

Fernando Plaza Mínguez

Francisco Alarcón Molero

Francisco Martínez López

Paco Arenas (Escritor)

Guillermo Casañ Ferrer

Helena Galán

Soria Isidoro Moriche

Jordi Alonso del Amo

José Luis Escohotado

José Luis García Gascón

José Luis Hernández Gutiérrez

José María Lozano Maneiro

José María Oviedo Oviedo

José Redondo Rubio

Juan Luis Porcar Orihuela

Julio De La Parra Cequí

Julio Mallent Alegre

Laura Pedernera

M.ª José Pérez Galant

Mª del Carmen Díaz Escobar

Manuel Ángel Somoza Vázquez

Manuel Arrufat Gilcgy

Manuel Ramírez Gimeno

Manuel Rey Rios

Manuel Torres Rodríguez-Barbero

María del Carmen Sáez Garcia

María Esther Núñez López

Miguel López González

Miguel Navarro Sánchez

Milagros González Fernández

Mónica Benítez Ruipérez

Noelia Alcázar ortega

Pedro Luis Alonso Gutiérrez

Rita Teixido Guareglia

Roberto Zarza López Rosalía

Rodríguez Cortijo

Rosario Romero Ortiz

Salceda de Luz Medel

Sergio García Gómez

Sol Ruano Romero

Vicent Manel Barrachina i Garcia

Vicenta Juan Escoba

Yolanda Viñas Torres


Ley de Memoria Democrática /