Prensa Latina •  Internacional •  29/03/2026

Petro firma la Ley Estatutaria de Jurisdicción Agraria de Colombia

  • El presidente de Colombia, Gustavo Petro, ha ratificado la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Agraria y Rural durante una ceremonia realizada en Cereté, en el norteño departamento de Córdoba.
Petro firma la Ley Estatutaria de Jurisdicción Agraria de Colombia

Durante el evento, el mandatario participó asimismo de la entrega simbólica de 3.600 hectáreas para familias de campesinos pobres que resultaron damnificadas por la emergencia climática que azotó la región el pasado mes de febrero.

En su alocución el jefe de Estado se refirió a la que será prioritario en los cuatro meses que le restan a la actual administración

“Hasta el 6 de agosto, a las 12 de la noche, todo el gobierno debe estar trabajando intensamente en sacar lo más posible adelante proyectos, soluciones, acercamientos a eso que yo llamo la libertad humana”, afirmó.

También insistió en la importancia de no ceder ante quienes intentan llegar al poder mediante la compra de votos.

“Vender el voto es el camino más fácil, más rápido para ser esclavos, vender el voto es vender el poder a alguien desconocido que con toda seguridad es un bandido y es un criminal, se le vende el poder al criminal y un criminal con poder no deja de ser un genocida”, manifestó a su audiencia.

Aseguró asimismo que la norma por él sancionada permite que “cuando haya conflictos entre el grande y el pequeño, no sea el machete sangriento, no sea la sierra eléctrica ensangrentada”, sino que “sean los jueces, que sean los magistrados, que sea la justicia la que rápidamente dirima el conflicto de cercas”.

Según enfatizó Petro, el referido marco jurídico fue creado “para hacer la paz y beneficiar al campesinado”.

El Congreso aprobó la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Agraria y Rural en junio de 2024.

Posteriormente, la Corte Constitucional declaró la constitucionalidad de la mayoría del articulado, pero demandó ajustes en algunos de sus puntos y la eliminación de otros.

La legislación hace recaer en jueces especializados la potestad de emitir fallos sobre los conflictos agrarios.

Si bien la sanción presidencial representa un avance fundamental, su puesta en marcha de manera plena requiere de la aprobación de la ley ordinaria que la regule.


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