Agencia Telesur •  Internacional •  01/07/2025

Senado mexicano aprueba nueva ley de la Guardia Nacional

La legislación establece que la Guardia Nacional será parte del Ejército y fue aprobada «con 75 votos a favor y 32 en contra», según informó la cámara alta en su cuenta de la red social X.

Senado mexicano aprueba nueva ley de la Guardia Nacional

El Senado mexicano aprobó este lunes la creación de la Guardia Nacional como parte del Ejército de la nación, con el objetivo de prevenir delitos, proteger a la población, garantizar el orden y trabajar en coordinación con el Consejo Nacional de Inteligencia en Seguridad Pública.

Asimismo, el ente naciente tendrá facultades de investigación, apoyará a gobernadores y alcaldes en la tarea de seguridad pública, con términos y sus elementos.

En tanto, se prevé que tendrán un perfil policial incorruptible, respetuoso de la ley, y que no quebrante los derechos humanos y respetuosos con la sociedad civil y que tendrá control parlamentario estricto.

La nueva legislación contiene modificaciones a seis leyes y dos códigos militares, y establece que si los estados y municipios quieren que la Guardia Nacional colabore con la seguridad local deberán rubricar convenios en los que se comprometan a tiempos perentorios, programas y estímulos para profesionalizar a sus cuerpos policiacos.

La Guardia Nacional podrá intervenir en las comunicaciones privadas, pero solo en torno a ocho ordenamientos legales que incluyen 21 delitos específicos, todos federales.

También conocerá de delitos del fuero común; su máxima autoridad será el secretario de la Defensa Nacional y las Fuerzas Armadas tendrán un nuevo Consejo Superior de Disciplina, que decidirá sobre la suspensión de mandos militares que incurran mala conducta.

La nueva legislación de la Guardia Nacional incluye que los integrantes de este cuerpo militar con formación policial tendrán como obligación desempeñar su función sin solicitar ni aceptar compensaciones, pagos o gratificaciones distintas a las previstas legalmente.

La legislación refiere que “abstenerse de realizar la detención de persona alguna sin existir una orden expresa del Ministerio Público o de alguna autoridad jurisdiccional y sin cumplir con los requisitos previstos en los ordenamientos constitucionales y legales aplicables”.


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