Redacción •  Actualidad •  19/02/2026

FSC-CCOO celebra que Sumar registre en el Congreso la iniciativa sobre jubilación anticipada de los y las tripulantes de cabina de pasajeros (TCP)

  • El Sector Aéreo y Servicios Turísticos de FSC-CCOO se felicita por el paso dado por el grupo parlamentario Sumar al registrar una proposición no de ley que recoge una reivindicación histórica del colectivo: la modificación del RD 1559/1986, por el que se reduce la edad de jubilación del personal de vuelo de trabajos aéreos, para la inclusión de las y los Tripulantes de Cabina de Pasajeros (TCP).
FSC-CCOO celebra que Sumar registre en el Congreso la iniciativa sobre jubilación anticipada de los y las tripulantes de cabina de pasajeros (TCP)

Desde CCOO Aéreo y Servicios Turísticos reiteran que la jubilación anticipada por coeficientes reductores para las y los tripulantes de cabina de pasajeros (TCP) es una reivindicación histórica de su organización. “Llevamos años situando esta demanda en la agenda institucional mediante reuniones continuadas con distintos grupos parlamentarios, tanto con el Grupo Socialista como con Sumar. La última de ellas, celebrada el pasado 27 de enero de 2026, volvió a poner sobre la mesa una exigencia clara: la modificación urgente del Real Decreto 1559/1986, por el que se reduce la edad de jubilación del personal de vuelo de trabajos aéreos, para acabar con una exclusión injustificable”.

En este contexto, apoyan y se felicitan por el paso dado por el grupo parlamentario Sumar al registrar una proposición no de ley que plantea que el colectivo de TCP pueda acceder a la jubilación anticipada en igualdad de condiciones que las y los pilotos. “No estamos ante un privilegio, sino ante un derecho. Las y los TCP desarrollamos nuestra actividad en idénticas condiciones técnicas y operativas que el resto del personal técnico de vuelo. Estamos expuestos a radiaciones ionizantes, cambios de presión, descompresiones, alteraciones del ritmo circadiano, fatiga crónica y elevados niveles de estrés operacional. Sin embargo, esta realidad no tiene reflejo en el reconocimiento normativo ni en la protección social”. Mientras tanto, los y las pilotos sí cuentan con coeficientes reductores que les permiten anticipar su jubilación y mantener el 100% de su pensión. “A mismos riesgos, mismos derechos”, afirman. “Lo contrario supone una vulneración del principio de equidad y de la normativa básica en materia de prevención de riesgos laborales”.

La reforma de la Ley de Navegación Aérea, que introdujo un procedimiento ágil para reconocer la jubilación anticipada al personal sanitario que trabaja en medios aéreos, volvió a dejar fuera al colectivo de TCP. Esa decisión confirmó lo que el sindicato venía denunciando desde hace años: “existe una anomalía normativa que se sostiene sin base técnica ni científica y que debe corregirse de manera inmediata”.

Desde CCOO Aéreo y Servicios Turísticos seguirán exigiendo este cambio normativo hasta que se haga realidad la modificación inmediata del Real Decreto 1559/1986 para incluir a las y los TCP. Del mismo modo que la agilización de los expedientes pendientes conforme al nuevo procedimiento en vigor desde 2025, que pueden afectar por ejemplo al personal de tierra.


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