Redacción •  Actualidad •  16/06/2025

El Partido Animalista eleva al Supremo la batalla legal contra el Toro Júbilo de Medinaceli

  • El PACMA recurre en casación la decisión del TSJ de anular, por motivos de forma y no de fondo, la sentencia que consideró ilegal el festejo.
  • Denuncia que la resolución del máximo órgano judicial de Castilla y León impediría el control jurisdiccional de determinadas decisiones adoptadas por los ayuntamientos.
El Partido Animalista eleva al Supremo la batalla legal contra el Toro Júbilo de Medinaceli

Madrid, 16 de junio de 2025 – El Partido Animalista PACMA ha presentado ante el Tribunal Supremo un recurso de casación frente a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que estimó el pasado mes de enero el recurso del Ayuntamiento de Medinaceli contra la sentencia que anulaba la celebración del Toro Júbilo en noviembre de 2023. Con esta decisión, la formación política continúa su batalla legal para frenar uno de los espectáculos taurinos más crueles del país.

PACMA considera que el fallo del TSJ de Castilla y León, que declara que no es recurrente el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Medinaceli para tratarse de un «acto de trámite», es contrario a derecho y vulnera el principio constitucional a la tutela judicial efectiva.

En su recurso, argumentan que el acto municipal «cumple todos los requisitos exigidos por la legislación estatal para ser impugnado», y denuncian que «la interpretación del tribunal podría suponer un peligroso precedente jurídico, al permitir que algunos actos administrativos eludan el control jurisdiccional», señala la jurista y vicepresidenta de PACMA Cristina García.

El partido logró una sentencia favorable en primera instancia, que declaró ilegal la ordenanza municipal que regula el Toro Júbilo y anulaba el acuerdo del Ayuntamiento para celebrar el mismo en 2023, lo que luego sirvió a la formación para conseguir paralizar cautelarmente la celebración en 2024. Sin embargo, el TSJ revocó posteriormente dicha sentencia, sin entrar a valorar el fondo del asunto, limitándose a declarar que el citado acuerdo del no es recurrible en vía judicial.

El partido confía en que el Tribunal Supremo atienda su recurso de manera que la legalidad de los acuerdos municipales que aprueben la celebración de festejos crueles con los animales no quede sin control jurisdiccional.


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