CGT denuncia a Correos en Valencia por la violación de la ley de Protección de Datos
La empresa pública postal requiere el historial médico a aprobados del último examen de ingreso en la sociedad postal antes de la firma del contrato fijo.
El pasado 19 de enero de 2020, Correos realizó un examen de consolidación de empleo de 4005 plazas a nivel estatal.
En el primer desarrollo de las bases de ingreso 2017-2018, en el apartado REQUISITOS DE LOS/AS SOLICITANTES dice “No padecer enfermedad o limitaciones físicas o psíquicas para el normal desempeño de las tareas y funciones a realizar, según criterio de los servicios médicos de la empresa. Estos requisitos se deberán poseer a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes y mantener en el momento de efectuar la contratación como personal laboral fijo. Los aspirantes que no cumplan los requisitos previstos no podrán tomar parte en la prueba prevista en la convocatoria ni en las siguientes fases de proceso de selección.”, en el apartado posterior RECONOCIMIENTO MÉDICO continúa “Los aspirantes seleccionados, antes de formalizar el contrato, deberán superar un reconocimiento médico tendente a demostrar que poseen la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones de cada uno de los puestos de trabajo, declarándose APTOS.”
El pasado mes de junio, resuelto el proceso y publicados los listados de admitidos/as Correos publica el documento para la gestión de las nuevas incorporaciones que incluye “RECONOCIMIENTO MÉDICO.- Conforme a la convocatoria, las personas que figuran en la relación de seleccionados deberán, antes de formalizar el contrato, superar un reconocimiento médico tendente a demostrar que poseen la capacidad funcional necesaria (aptitud psicofísica), para el desempeño de las funciones de cada uno de los puestos de trabajo.
Para ello, todas las personas seleccionadas deberán presentar un certificado médico oficial con la situación actual (modelo normalizado) donde se acredite por un facultativo, que no padecen enfermedad, ni están afectados por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones de los puestos asignados. El certificado normalizado debe presentarse en el momento de la elección del puesto de trabajo de destino, en sobre cerrado dirigido a la atención de los Servicios Médicos, con la indicación de “confidencial”.”
Tras la entrega, por parte de los/as nuevos/as trabajadores/as, de los certificados médicos oficiales cumplimentados por los/as facultativos/as de atención primaria, desde Servicios Médicos de Correos Valencia se solicita a algunos/as de estos/as trabajadores/as la entrega de historial médico.
Ante esta información el 23 de junio de 2020, CGT Correos Valencia remite escrito a Correos informando del incumpliento de la Ley de Protección de Datos instando el cese inmediato de la recopilación de información confidencial a los/as trabajadores/as. También informó a los/as afectados/as de la confidencialidad de los datos que les estaban solicitando y la posibilidad de negarse a facilitarlos acogiéndose a la Ley de Protección de Datos. Pese a esto Correos no ha cejado en su empeño y ha continuado requiriendo el historial a estas personas.
La jefatura de Correos alega conocer la confidencialidad de estos datos y justifican que por ello se solicita la entrega de estos dirigidos exclusivamente a la doctora de la empresa. Deben conocer la confidencialidad pero desconocer la Ley 41/2002 reguladora de la autonomía del paciente que señala que el acceso al historial médico está limitado al personal sanitario directamente implicado en el tratamiento del paciente, si bien esta no es la casuística.
Por todo lo anterior, el 1 de julio de 2020, esta sección sindical ha denunciado a Correos ante la Agencia Española de Protección de Datos para que velen por el cumplimiento de la ley y les propongan para la sanción que corresponda.
CGT considera lamentable que una empresa pública trate de acceder a información protegida para poder eliminar a candidatos/as aprobados/as tras un largo y costoso período selectivo. Dado que el fin ulterior de la recabación de dichos datos es declarar ‘no apto’ a trabajadores con alguna dolencia física.