Respuesta a ANPBA: los «toros de fuego» y los «enmaromados» «no pueden tener lugar en el territorio de la Comunidad de Madrid»
«Las prácticas de embolado o enmaromado de las reses no tienen la consideración de espectáculo taurino popular, no pudiendo por ello tener lugar en el territorio de la Comunidad de Madrid, previéndose como única excepción que el uso de la maroma tan solo se permita para retirar del ruedo a la res, en caso de sueltas o concursos de recortadores, cuando todos los demás medios hayan fracasado, y siempre con autorización del presidente del festejo».

El pasado 25 de marzo de 2025 la «Gaceta Oficial de la Ciudad de México» promulgó una modificación de la “Ley de Protección y Bienestar Animal de la Ciudad de México”, por la que se permitió «que en los espectáculos taurinos debe garantizarse el bienestar animal», y se introdujo la figura jurídica de «espectáculo taurino sin violencia».
Haciendo propicio ese memorable acontecimiento, la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (ANPBA) dirigió un escrito formal a la presidenta de la Comunidad de Madrid , Isabel Díaz Ayuso, recogido por tercerainformación.es (*2) , mediante el que ANPBA solicitó a la Comunidad de Madrid que, al igual que en Ciudad de Méjico, el reglamento taurino madrileño, en elaboración, refleja «todo un compendio de medidas humanitarias para garantizar el bienestar de los animales» en dichos eventos taurinos».
La Comunidad de Madrid responde a ANPBA
En respuesta a la solicitud formal de ANPBA, el Director General de Seguridad de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, Luis Miguel González, ha remitido un escrito al presidente de ANPBA, Alfonso Chillerón, en el que informa y aclara que ni los «toros de fuego», o embolados, ni los «toros ensogados» o enmaromados, no tienen ninguna cabida en el territorio de la Comunidad autónoma madrileña, y lo exponen de manera extraordinariamente clara al manifestar que en «el proyecto de reglamento de espectáculos taurinos populares… las prácticas de embolado o enmaromado de las reses no tienen la consideración de espectáculo taurino popular, no pudiendo por ello tener lugar en el territorio de la Comunidad de Madrid» (*3) .
RESERVAS NATURALES / TURISMO ECOLÓGICO
En su constante función como asociación cuyos fines estatutarios son la protección del bienestar animal, ANPBA seguirá insistiendo en que, al igual que en Ciudad de México, en España se evite el martirio, suplicio y muerte de las reses de lidia utilizadas en las corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y cualesquiera otros espectáculos que puedan incluir este trato conducente a la profunda agonía y muerte de las reses y el hecho inmisericorde de que sean testigos de su propia muerte, devolviendo a las ganaderías de origen a las reses vivas y respetándose así plenamente el bienestar de estos animales, y en su caso, creando “Reservas Naturales” en las que estos majestuosos seres puedan ser admirados por un turismo ecológico.
(*1) https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/62e5e7ca9945805ef63b10744fd852b9.pdf
(*2) https://www.facebook.com/100063520031965/posts/1203417031785620/
(*3) V ÉASE documento adjunto, a los meros efectos comprobatorios.