FACUA •  Actualidad •  03/07/2025

El Ministerio de Consumo abre expediente sancionador a otra de las aerolíneas denunciadas por FACUA por el recargo del equipaje de mano

  • Se trata del sexto expediente incoado por el ministerio, que no ha dado a conocer el nombre de la compañía. La asociación tiene denunciadas por el cargo ilegal a Wizz Air, Eurowings y Transavia.
El Ministerio de Consumo abre expediente sancionador a otra de las aerolíneas denunciadas por FACUA por el recargo del equipaje de mano

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha incoado un expediente sancionador a otra de las aerolíneas denuncias por FACUA-Consumidores en Acción por el recargo del equipaje de mano.

Se trata del sexto expediente de este tipo que se abre tras los que dieron pie a las multas de 179 millones de euros firmadas a finales del año pasado por el ministro Pablo Bustinduy contra Ryanair, Vueling, EasyJet, Volotea y Norwegian.

El Ministerio no ha hecho público el nombre de la aerolínea, si bien son tres las que FACUA tiene denunciadas desde junio de 2024 por aplicar también el cargo ilegal por viajar con equipaje de mano. Se trata de Wizz Air, Transavia y Eurowings.

Un análisis sobre las prácticas de 19 aerolíneas realizado por FACUA a mediados del año pasado detectó que ocho de ellas aplicaban el recargo ilegal por llevar equipaje de mano en cabina. Las cinco que ya tenían abierto el expediente sancionador que derivó en la histórica sanción al sector y otras tres que fueron denunciadas por la asociación en junio de 2024.

Nuevo expediente

Por un lado, el nuevo expediente se incoa por exigir el pago de un suplemento por el transporte de equipaje de mano en cabina (artículo 47.1 TRLGDCU, letra j), motivo de la denuncia de FACUA. Además, Consumo también puede multar a la compañía por exigir el pago de un sobrecoste sobre el precio del billete por la reserva de asientos contiguos en el caso de menores y personas dependientes y de sus acompañantes (artículo 47.1 TRLGDCU, letra j) y por omisiones engañosas de información y falta de claridad en los precios publicados tanto en su propia web como de terceros, dificultando la comparabilidad de ofertas de precios a las personas consumidoras y la toma de decisión por estas (artículo 47.1 TRLGDCU, letra m).

La apertura de este nuevo expediente ha sido incoado por la Dirección General de Consumo y contempla sanciones que pueden llegar a considerarse como infracciones graves o muy graves. Las primeras pueden ser sancionadas con multas que podrían ser de entre 10.001 y 100.000 euros hasta entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido. las muy graves, con sanciones que podrían ser de entre 100.001 y 1.000.000 de euros hasta entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido.


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