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La Audiencia Nacional archiva la querella contra la familia Botín por fraude y falsedad documental

El importe pagado por más de 2.000 millones de euros defraudados fue de 200 milllones. Según el Real Decreto aprobado por el gobierno Rajoy el pasado 30 de marzo, Emilio Botín y su familia no reunen las condiciones para acogerse a la amnistía del fraude fiscal

España | César Pérez Navarro - Tercera Información | 22-05-2012 | facebook yahoo twitter

La conclusión del auto del Juzgado de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional es el "sobreseimiento libre y el archivo de las presentes actuaciones", con el matiz de que "el auto no es firme" y que contra el mismo "se podrá interponer recurso en el plazo de tres meses". La decisión responde a una denuncia presentada por la Fiscalía Anticorrupción en Junio de 2011 contra Emilio Botín y sus cinco hijos, así como contra su hermano Jaime Botín y sus cinco hijos, por la presunta comisión de delitos contra la Hacienda Pública y falsedad documental, admitida a trámite por Fernando Andreu, juez de la Audiencia Nacional que ahora archiva la querella.

La Agencia Tributaria española descubrió la existencia de fondos sin declarar por parte de la familia Botín el 24 de mayo de 2010, tras recibir información procedente de las autoridades francesas de clientes españoles del HSBC Private Bank Suisse que no habían presentado las autoliquidaciones del IRPF y/o del Impuesto sobre el Patrimonio de los ejercicios de 2005 a 2009. Esta información fue filtrada por un empleado del banco británico.

El importe oculto hasta donde se conoce era de más de 2.000 millones de euros, pero incomprensiblemente, parece que las deudas se consideran "reparadas" con los casi 200 millones de euros abonados por los Botín en las "declaraciones complementarias extemporáneas" -"quedará exento de responsabilidad penal el que regularice su situación tributaria"- . Las penas contempladas en el Artículo 305 del código penal "de los delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social" eran "de prisión de uno a cinco años y una multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía" (cuota defraudada).

La entrega de 200 millones a Hacienda en 2010 por parte de los Botín queda muy por debajo del tipo que grava los rendimientos del capital (19% en general y 21% para cantidades superiores a 6.000 euros). El 21% equivaldría a 420 millones de euros, sin contar el recargo y los intereses de demora, que suelen ser del 20% cuando pasa el primer año.

La regularización de 200 millones procede sólo de la imposición del 40% del IRPF a los rendimientos durante cinco años, más la tributación del 1% del Patrimonio de tres años, pero se ignora el cargo de los impuestos defraudados.

No es de aplicación el decreto Rajoy de amnistía del fraude fiscal, que también elimina cualquier tipo de sanción, porque según ese Real Decreto-ley 12/2012, del 30 de marzo "4. No resultará de aplicación lo establecido en esta disposición en relación con los impuestos y períodos impositivos respecto de los cuales la declaración e ingreso se hubiera producido después de que se hubiera notificado por la Administración tributaria la iniciación de procedimientos de comprobación o investigación tendentes a la determinación de las deudas tributarias correspondiente a los mismos", por lo que Emilio Botín y su familia no deberían poder acogerse a la citada amnistía.

No es la primera vez que altos directivos del banco Santander son absueltos de sus delitos contra la hacienda pública. Recordemos que el consejero delegado del Grupo Santander, Alfredo Sáenz, que había sido condenado a tres meses de prisión e inhabilitación por un delito de acusación falsa cometido en 1994 contra acreedores de Banesto cuando era presidente de la entidad, fue finalmente indultado por el Consejo de Ministros (ya en funciones) del gobierno anterior del PSOE, tras ser previamente rebajada a la mitad su pena y la que pesaba contra otros dos directivos por el Tribunal Supremo.

En 1996, otra acusación del abogado del Estado contra Emilio Botín pedía "“un total de 170 años de prisión y una multa de 46.242.233,92 euros (7.694.060.334 pesetas), además de una responsabilidad civil de 84.935.195,86 euros (14.132.027.499 pesetas), que [era] el perjuicio causado con su actuación a la Hacienda Pública”.

Ante esta situación, María Teresa Fernández de la Vega pidió el 25 de abril de 1996 que se cursaran al Abogado del Estado "instrucciones" sobre su actuación en el caso de las cesiones de crédito, concretamente, pidiendo que no se dirigiera "acción penal alguna por presunto delito contra la Hacienda Pública, contra la citada entidad bancaria o sus representantes". Gracias a lo cual, se retiraron los cargos y Botín volvió a salir ileso.

2 Mensajes del foro
  • 22 de mayo de 2012 22:58, a la contra radio

    Para esta y las demas noticias la contrainformacion siempre es necesaria pero en los tiempos que corren es imprescindible
    Escucha colabora y difunde:
    http://alacontraradio.blogspot.com
    En defensa propia

  • 23 de mayo de 2012 08:18, dbnews

    Poco hablará el PSOE de la decisión ayer de la Audiencia Nacional, pues forma parte activa de este atropello a la ciudadanía y supone la guinda a los favores devueltos, como ya lo fue el indulto a Alfredo Sáenz. El PSOE hizo un indulto fiscal encubierto, el PP la ratifica y ejecuta su amnistía fiscal otra al descubierto (http://bit.ly/JBupJJ)

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